Para garantizar la legalidad de los fondos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará una serie de controles sobre aquellas transferencias que excedan un monto específico.
El límite de transferencia permitido en billeteras virtuales sin necesidad de presentar una declaración jurada es de $400.000. Superado este monto, se deberá justificar el origen del dinero.
Se trata del mismo límite que estuvo vigente en octubre, ya que estos montos se revisan cada seis meses de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ajustarse al contexto inflacionario.
Aquellas personas sin ingresos formales o que no estén registradas en monotributo, régimen general o como asalariados declarados serán las más afectadas, dado que sus movimientos no están informados previamente a la AFIP. En estos casos, deberán presentar facturas, contratos u otros documentos que demuestren el origen de los fondos.
Superar este límite implicará la obligación de presentar documentación que respalde la transacción, como recibos de sueldo, facturas de servicios o certificados de ingresos emitidos por contadores públicos. Cabe recordar que la falta de justificación podría derivar en sanciones fiscales o incluso en una investigación por presunto lavado de dinero.
El exdiputado fue indagado en la fiscalía por lesiones leves y privación ilegítima de la libertad tras un incidente con Candela Arizaga. Aunque la joven declaró que no hubo agresiones físicas y la atribuyó al consumo de sustancias, la causa continúa con restricciones judiciales.
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